La situación política post veraniega se ha mostrado movida en nuestra Comunidad, y no sólo porque se hubiera anunciado una moción de censura en la Isla del Hierro sino porque a nivel estatal se ha anunciado un cambio constitucional.
Sin embargo, hemos oído al arco parlamentario formular planteamiento al respecto, salvo la voz de Canarias, pese aducir que son independientes y cuando alguien no habla es que está sometida, corolario Coalición, está sometida, luego Coalición Canaria no es libre, ya que como dice un viejo adagio “ el que calla otorga”.
Pero no sólo otorga sino que además impide la participación ciudadana en la construcción de la sociedad española de finales de la presente década. Lo que indudablemente conduce a instar una favorecimiento y postulación de la diferencia de clases, inconcebible en un estado social de derecho.
Indudablemente hay que fijar el tope de endeudamiento, pero no puede determinarse de manera aislada, sino que ha de hacerse de manera conjunta con otras medidas, con el fin de que se respeten, garanticen y promueva el Estado de bienestar social.
Concretar en el texto constitucional el nivel de endeudamiento conlleva un potencial peligro cuyos cálculos resultan insospechados, ya que cualquier exceso que pudiese mediar por imperativo de legalidad, conllevará de manera directa e inmediata al recorte social de las prestaciones, y por tanto, su incidencia será directa e inmediata en el campo de lo social, afectando a los más desfavorecido.
Pues el aislado retoque constitucional, no brinda al ciudadano medio las garantías suficientes de confianza para que se produzca el desarrollo económico que demanda el actual tejido social, aunque indudablemente la fijación del tope tenga repercusión directa e inmediata en la economía del ciudadano medio, pero sin generar en él la aptitud necesaria para alcanzar una mejor capacidad de desarrollo de su entorno.
Pues no basta concretar la capacidad de endeudamiento de manera singular sino que aquella ha de verse acompañado de otro conjunto de medidas como son: a) la reducción de la presión fiscal; b) la disminución del gasto de seguridad social c) reducción del gasto farmacéutico, en proporción a la capacidad económica del ciudadano; d) la incentividad bancaria al empresario pequeño, a través de préstamos de larga duración y abajo costo; e) disponibilidad de la relación laboral y f) la reducción apreciable del gasto administrativo público.
Hoy, es una realidad indiscutible que estamos inmersos en una situación compleja, económica e incluso política, en la que no caben parcheo parciales, ni de prisa y corriendo y menos aún casi sin legitimación real, no formal, para afrontar una reforma de la carta Magna, pues cuando se abra el arcón constitucional hemos de abrirlo en toda su profundidad y afrontar de manera real la reforma del título VIII, ya que es uno de los factores importantes, aunque no el único de la crisis actual, pues la mera fijación del nivel de endeudamiento puede hacerse por el cauce de una ley orgánica, y lo que tiene una dimensión profunda, exige referéndum.